Centro de Servicios Sociales
Edificio Polifuncional
Dirección: Plaza Príncipe de España, s/n Teléfono: 91 850 69 61
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Para valorar si una persona es considerada dependiente, un equipo especializado de profesionales realiza una serie de pruebas y es la Comunidad de Madrid quien toma la decisión definitiva.
El reconocimiento de dependencia debe solicitarse en el Centro de Servicios Sociales del Ayuntamiento.
La Comunidad de Madrid, con dinero transferido por el Gobierno de España.
Por supuesto, si eres una persona mayor, con alguna discapacidad o dependiente puedes acceder a la mayoría de los servicios que se presentan en esta Guía. En otros apartados de la Guía también aparecen algunas actividades o ayudas pensadas especialmente para ti.
En función de la valoración profesional y del grado de dependencia que se le reconozca (moderada, severa o gran dependencia), se establece un Programa Individual de Atención, que puede contener algunos de los siguientes servicios o prestaciones económicas:
Sólo los servicios que no suponen prestación económica pueden ser solicitados por otras personas que tengan necesidad de ellos.
Dirígete al Centro de Servicios Sociales del Ayuntamiento.
La "Ley de Dependencia" garantiza, desde 2007, unos derechos de atención básicos a las personas que, por edad, enfermedad o discapacidad (física, intelectual o sensorial), precisan de la atención de otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria.
Sí, te pueden informar sobre ellos en la Concejalía de Mayores y puedes solicitarlos en el Centro de Servicios Sociales.
Antes de acudir a los Servicios Sociales, pide cita previa en el teléfono 91 850 69 61.
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